Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente
establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores,
fíjase el valor de la Unidad Reajustable Alquileres (U.R.A.) del mes de
marzo de 1990 en NS 6.184,58 (nuevos pesos seis mil ciento ochenta y
cuatro con 58/100).