APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA DIRECCION GENERAL DE CASINOS. EJERCICIO 2001




Promulgación: 27/05/2002
Publicación: 31/05/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2002
  •    Página: 900
Referencias a toda la norma

Artículo 12

 Extiéndese al presente Presupuesto la vigencia de lo previsto en el 
artículo 12º del Decreto Nº 227/001, de 20 de junio de 2001, facultándose 
a la Dirección General de Casinos a otorgar a los funcionarios asignados 
por la Dirección General de Casinos a desempeñar funciones de Gerentes o 
Encargados de Gerencia, en los establecimientos dependientes de la misma 
y, mientras desarrollen tales funciones, tendrán derecho a percibir una 
compensación especial, en virtud de que los mismos se encuentran 
expuestos al cambio de su residencia habitual sin requerírseles su 
consentimiento, de $ 11.071,oo (pesos uruguayos once mil setenta y uno) 
mensuales, la que se reajustará en oportunidad de producirse aumentos de 
salarios en el sector público, en igual índice que éstos, estando 
expresada dicha partida a valores de enero de 2001.-
El otorgamiento de la referida compensación, estará sujeto al 
cumplimiento de las siguientes condiciones:
a) que el desempeño de las referidas funciones se desarrolle por un
   término superior a 45 días.-
b) que no ocupen ningún tipo de vivienda proporcionada por el Organismo.-
c) que no perciban viáticos por el mismo concepto.-
Referencias al artículo
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