Extiéndese al presente Presupuesto la vigencia de lo previsto en el
artículo 19º del Nº Decreto 227/001, de 20 de junio de 2001, por el cual
se autoriza a la Dirección General de Casinos a abonar a sus
funcionarios, becarios y pasantes, una suma mensual por gastos de
alimentación. Fíjase en $ 1.018,oo (pesos uruguayos mil dieciocho) el
monto de la misma, estando expresada dicha cantidad a valores de enero de
2001.-
Dicho monto, se ajustará semestralmente, en función del IPC,
correspondiente al período inmediato anterior.- (*)