ACUERDOS INTERNACIONALES - COMERCIO EXTERIOR




Promulgación: 04/05/1993
Publicación: 17/05/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1993
  •    Página: 391

Artículo 4

   De conformidad con lo dispuesto por la Resolución 2 del Consejo de
Ministros, artículo 6, letra e) y por el artículo 15 del Acuerdo Comercial
Nº 7A, las preferencias a que refieren los artículos 2 y 3 del presente
Decreto, serán extendidas automáticamente en favor de los países de menor
desarrollo económico relativo con los mismos márgenes de preferencia y
condiciones a que refieren los artículos anteriores.
Referencias al artículo
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