II) PROCEDIMIENTO PARA AUTORIZACION DE ACTIVIDADES DE INVESTIGACION CIENTIFICA MARINA
Artículo 10
El formulario de solicitud deberá ser presentado por la Representación Diplomática del Estado solicitante en la Dirección General para el Área de Asuntos de Frontera, Limítrofes y Marítimos del Ministerio de Relaciones Exteriores, la cual recabará la opinión de la CI-ICM.