CREACION DE LA COMISION INTERMINISTERIAL DE INVESTIGACION CIENTIFICA MARINA (CI-ICM)




Promulgación: 05/01/2022
Publicación: 13/01/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Referencias a toda la norma

IV) INFORMACION RESULTANTE DE LA INVESTIGACION

Artículo 23

   Los Estados, Organizaciones Internacionales o nacionales actuando por su cuenta o contratadas por Estados, personas físicas o jurídicas con fines de investigación o docencia, que participen en las actividades de investigación científica en áreas marinas sujetas a jurisdicción de la República, deberán presentar a través de la Comisión todos los datos y resultados obtenidos en la investigación realizada dentro del mes de finalización de la campaña en el territorio uruguayo.
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