COMERCIO EXTERIOR - TRIBUTOS




Promulgación: 10/04/1991
Publicación: 04/07/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: Addenda
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1991
  •    Página: 128

Artículo 2

   El presente  Decreto entrará  en vigencia  a partir  de  su publicación
en  dos (2) diarios de circulación nacional, aplicándose a las denuncias
de exportación que se tramiten en esa fecha inclusive. 
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