REQUISITOS PARA LA IMPORTACION DE MEDICAMENTOS




Promulgación: 12/01/2007
Publicación: 23/01/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 116

Artículo 4

   Si para la ejecución de los ensayos no se contara con tecnología disponible en el país, el Departamento de Medicamentos, podrá autorizar, por un plazo de 18 meses posteriores a la vigencia de este Decreto, la realización de los ensayos complementarios en laboratorio(s) instalado(s) en otro Estado Parte del MERCOSUR.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 5 y 9 (vigencia).
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