Prorrógase por el período comprendido entre el 1° de enero de 2013 y el
31 de marzo de 2013, la exoneración del Impuesto al Valor Agregado a las
enajenaciones de carne de cerdo con hueso establecida en el artículo 2°
del Decreto N° 327/012, de 12 de octubre de 2012, con el mismo alcance
establecido en el artículo 2° del Decreto N° 528/007, de 27 de diciembre
de 2007.-
(*)Notas:
Ver vigencia: Decreto Nº 126/013 de 24/04/2013 artículo 2.