REGLAMENTACION DE LA LEY 20.097, QUE REGULA LA HABILITACION OTORGADA A LOS PRODUCTORES FAMILIARES, PARA LA FAENA DE ANIMALES DE GRANJA




Promulgación: 30/07/2024
Publicación: 05/08/2024
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 20.097 de 02/12/2022.

Artículo 7

   Será responsabilidad del productor habilitado llevar registros en formato papel o electrónico, los que deberán contener la información de la cantidad de animales faenados: por especie y por día; el manejo sanitario, discriminado por especie; y el código de identificación para traslado de la canal o carcasa. Los registros deberán estar actualizados y encontrarse disponibles para su consulta por los funcionarios del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, cuando así se requiera.
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