Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente
establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores,
fijase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de
diciembre de 2013 en $ 677,57 (seiscientos setenta y siete pesos uruguayos
con cincuenta y siete centésimos).