Cuando el Ministerio de Agricultura y Pesca reciba el sorgo embolsado en
envases de 1º, 2º y 3er. uso abonarán al productor las cantidades que se
especifican a continuación:
A) Para bolsas de yute:
1er. uso, N$ 1.25 cada una;
2do. uso, N$ 0.97 cada una;
3er. uso, N$ 0.68 cada una.
B) Para bolsas de fibra sintética de 1ª categoría:
1er. uso, N$ 1.07 cada una;
2do. uso, N$ 0.83 cada una;
3er. uso, N$ 0.58 cada una.
C) Para bolsas de fibra sintética de 2ª categoría:
1er. uso, N$ 1.01 cada una;
2do. uso, N$ 0.78 cada una;
3er. uso, N$ 0.55 cada una.
No se pagará la bolsa que se considere inferior al 3er. uso.
Durante el proceso de recibo o entrega de sorgo embolsado el depositario
habilitado deducirá la cantidad de 380 gramos por cada bolsa de yute y 160
gramos cuando sea de fibra sintética.
Cuando el Ministerio de Agricultura y Pesca entregue el sorgo embolsado
facturará el envase al precio de mercado.