APROBACION DEL REGLAMENTO PARA LA CONTRATACION DE TECNICOS EN LA ADMINISTRACION CENTRAL




Promulgación: 30/07/2010
Publicación: 12/08/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 354
VISTO: Lo dispuesto en el artículo 6° del Decreto N° 138/010 de 26 de
abril de 2010.

RESULTANDO: Que la citada norma determinó que la contratación
impostergable de técnicos se realice mediante concurso, encomendando a la
Oficina Nacional del Servicio Civil la elaboración de un procedimiento de
selección abreviado, cuya duración no podrá exceder los noventa días.

CONSIDERANDO: I) Que la citada Oficina ha elaborado un reglamento
conteniendo las etapas y requisitos relativos al procedimiento de
selección aludido, el que se ajusta a las previsiones establecidas en la
norma citada en el Visto del presente.

II) Que asimismo la referida Oficina ha adjuntado a dicho reglamento una
serie de documentos a los efectos de facilitar su aplicación, los que
lucen en Anexo al mismo.

III) Que el acatamiento de las referidas disposiciones resulta
imprescindible para el logro del objetivo que motiva la presente
reglamentación, por lo que se entiende necesaria su aprobación por el
presente decreto.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en la norma citada
en el Visto del presente,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
                     Actuando en Consejo de Ministros

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Apruébase el "Reglamento para la contratación de Técnicos en la
Administración Central" que figura agregado en Anexo, el que se considera
parte integrante del presente decreto. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

Artículo 2

 La Oficina Nacional del Servicio Civil deberá implementar las acciones
necesarias para la efectiva difusión y aplicación de las normas contenidas
en el Anexo al presente. Dichas acciones serán instrumentadas en los
Incisos a través de las Gerencias de Area de Desarrollo y Gestión Humana o
la unidad organizativa que haga sus veces.

Artículo 3

 Comuníquese, publíquese.

JOSE MUJICA - EDUARDO BONOMI - LUIS ALMAGRO - FERNANDO LORENZO - LUIS ROSADILLA - RICARDO EHRLICH - ENRIQUE PINTADO - ROBERTO KREIMERMAN - NELSON LOUSTAUNAU - DANIEL OLESKER - DANIEL GARIN - HECTOR LESCANO - GRACIELA MUSLERA - ANA MARIA VIGNOLI
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