INCREMENTO DE LAS ASIGNACIONES DE JUBILACIONES Y PENSIONES. MAYO 1993




Promulgación: 25/05/1993
Publicación: 02/06/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1993
  •    Página: 486
  Visto: lo dispuesto por el artículo 67 de la Constitución de la
República en  el texto  dado por  la Reforma  plebiscitada  el  26  de
noviembre de 1989, Decretos 265/990, de 12 de junio de 1990 y 449/990, de
27 de setiembre de 1990.

  Resultando: I)  Que a partir del 1º de mayo de 1993 se incrementan las
remuneraciones de los funcionarios de la Administración Central;

II)  Que  según  informa  el  Instituto  Nacional  de  Estadística  la
variación estimada  del Indice  Medio de Salarios para el cuatrimestre
enero -  abril de  1993 es de 18,38% (dieciocho con treinta y ocho por
ciento), índice  que debe  considerarse provisorio,  y  sujeto  a  las
modificaciones que  introduzca el  cálculo definitivo  del índice  del
citado mes de abril.

  Considerando: que  como consecuencia corresponde proceder al ajuste de
las  asignaciones   de  jubilación  y  pensión,  fijándose  el  índice
provisorio en el referido guarismo.

  Atento: a lo precedentemente expuesto,

                   El Presidente de la República

                               DECRETA:

Artículo 1

   Increméntase en un 18,38% (dieciocho con treinta y ocho por ciento)
las asignaciones de jubilación y pensión servidas por el Banco de
Previsión Social, a partir del 1º de mayo de 1993.

Artículo 2

     Comuníquese, etc.

LACALLE HERRERA - ENRIQUE ALVARO CARBONE - IGNACIO DE POSADAS MONTERO
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