REESTRUCTURA DE LAS OFICINAS DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL




Promulgación: 12/06/2003
Publicación: 18/06/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2003
  •    Página: 1290
Referencias a toda la norma

Artículo 2

 El nuevo régimen de organización de las Oficinas de Estado Civil entrará 
en vigencia el primero de julio de 2003.
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