El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Derogada/o por: Decreto Nº 159/016 de 30/05/2016 artículo 27.
VISTO: los Decretos N° 341/011 de 27 de setiembre de 2011, N° 117/013 de 12 de abril de 2013, y N° 100/015 de 23 de marzo de 2015, la Ley N° 18.407 de 24 de octubre de 2008, y la Ley N° 18.602 de 21 de setiembre de 2009.
RESULTANDO: que el Decreto N° 100/015 de 23 de marzo de 2015 estableció dos particiones del Fondo para el Desarrollo (FONDES), una a ser administrada por el Instituto Nacional del Cooperativismo (INACOOP) y otra por la Agencia Nacional de Desarrollo (ANDE).
CONSIDERANDO: que es necesario precisar la división de los activos del FONDES que pasan a ser administrados por cada una de las instituciones referidas, para un mejor funcionamiento de la partición respectiva.
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 40 de la Ley N° 18.716, de 24 de diciembre de 2010,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 238/015 de 07/09/2015 artículo 1.