PRORROGA DEL PLAZO DE ENTREGA DE BORRAS A LAS PLANTAS DESTILADORAS - VINOS




Promulgación: 20/06/1985
Publicación: 15/08/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1985
  •    Página: 1416

Artículo 2

    Prorrógase, hasta el 15 de julio de 1985, el plazo que poseen los
industriales bodegueros para presentar en la Dirección de Contralor Legal
del Ministerio de Agricultura y Pesca, la declaración jurada de
existencias establecida en el artículo 3º del decreto 244/984, de 13 de
junio de 1984.
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