FIJACION DE PRECIOS MINIMOS DE EXPORTACION




Promulgación: 02/06/1992
Publicación: 20/07/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1992
  •    Página: 507

Artículo 2

   Fíjase por un período de cuatro meses a partir del vencimiento     de
los Precios Mínimos de Exportación establecidos por las resoluciones del
Ministerio de Economía y Finanzas de 18 de noviembre de 1991 y de 17 de
marzo de 1992 mencionadas, un Precio Mínimo de Exportación provisorio de
U$S 227,00 (doscientos veintisiete dólares de los Estados  Unidos  de
América) la Tonelada CIF, para la importación de  harina de trigo (ítem
NADI 11.01.01.01).
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