Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 11
Con respecto a los beneficios de prima por antigüedad, ropa de
trabajo, alimentación y vivienda, definición de categorías,
reglamentación de los trabajadores "extras", con excepción de la
categoría Maitre d´Hotel que queda fijada en N$ 3.701.00 y régimen de
"medio extra", y a las condiciones generales de trabajo, deberán
remitirse a los decretos anteriores correspondientes a este Consejo de Salarios, números 760/985, 430/986, 881/986, 924/986, 145/987, publicados
en los "Diarios Oficiales" de fechas 24 de enero, 23 de octubre de 1986,
6 de abril, 7 de abril, 13 de mayo y 5 de octubre de 1987,
respectivamente y concordantes.