REGLAMENTACION DE LA LEY 17.849 SOBRE RECICLAJE DE ENVASES




Promulgación: 23/07/2007
Publicación: 30/07/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 157
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.849 de 29/11/2004.
Referencias a toda la norma

Artículo 11

 (Inscripción y registro). Las inscripciones previstas en este decreto,
deberán efectuarse en el registro que a tales efectos llevará la
Dirección Nacional de Medio Ambiente, dentro de los plazos siguientes, 
contados a partir de la publicación del presente:

a) Para los propietarios de marca o importadores de productos envasados 
   incluidos en el alcance del presente decreto, así como para los 
   envasadores de dichos productos para terceros, dentro de los 45 
   (cuarenta y cinco) días corridos para los productos incluidos en el 
   tipo I, dentro de los 120 (ciento veinte días) corridos para los 
   productos incluidos en el tipo II, y, dentro de los 240 (doscientos 
   cuarenta) días corridos para los productos incluidos en el tipo III;
   y, 
b) Para los fabricantes e importadores de envases que revistan tal
   calidad a la fecha de aprobación del presente, dentro de los 60 
   (sesenta) días corridos.

La modificación de los envases deberá ser comunicado a la Dirección
Nacional de Medio Ambiente, de forma de actualizar el registro
correspondiente, en forma previa a la puesta en el mercado.
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