(De las empresas recicladoras). Toda persona física o jurídica que
recicle materiales de envases de productos incluidos en el alcance de la
presente reglamentación, sólo podrá ser incluido como parte de un plan de
gestión, si se encuentra inscripto en el registro correspondiente que
llevará la Dirección Nacional de Medio Ambiente y cumple las condiciones
que al efecto establezca el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
Territorial y Medio Ambiente.