REGLAMENTACION DEL ART. 137 DE LA LEY 19.355, RELATIVO AL PAGO DE UNA COMPENSACION ESPECIAL POR TAREAS PRIORITARIAS DEL PERSONAL MILITAR




Promulgación: 18/09/2017
Publicación: 22/09/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 137.

Artículo 6

   La partida establecida por el artículo 137 de la Ley 19.355 de 19 de diciembre de 2015, se incrementará de acuerdo al índice que determine el Poder Ejecutivo para los incrementos salariales y no será tenida en cuenta para el cálculo de retribuciones que se liquiden en base a porcentajes.
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