FIJACION DE TARIFA DE PASAJERO PARA LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE




Promulgación: 31/08/2005
Publicación: 06/09/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 545
Referencias a toda la norma

Artículo 3

 Las tarifas de cada empresa a que se refieren los artículos 1º y 2º del
presente Decreto, regirán a partir de  la hora cero del primer día
calendario posterior a la fecha de su homologación por la Dirección
Nacional de Transporte quedando las empresas obligadas a otorgar el
aumento salarial desde el 1º de setiembre de 2005.
Ayuda