Fíjase por un período de 3 (tres) meses a partir del vencimiento de los
precios fijados por la resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de
26 de febrero de 1992 los siguientes Precios Mínimos de Exportación de
carácter definitivo para los productos que se detallan:
Refrigeradores eléctricos de tipo doméstico que se introduzcan por el
ítem NADI 84.15.03.1 9.
Con freezer ........... U$S 4.00 el Kg. CIF.
Sin freezer ........... U$S 3.60 el Kg. C I F.