APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA DIRECCION GENERAL DE CASINOS. ENERO 1996




Promulgación: 13/08/1997
Publicación: 26/08/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1997
  •    Página: 328
Referencias a toda la norma

Artículo 15

   Los funcionarios asignados por la Dirección General de Casinos, a
desempeñar funciones de Gerentes o Encargados de Gerencia, en los
establecimientos dependientes de la misma y, mientras desarrollen tales
funciones, tendrán derecho a percibir una compensación especial por
cambio de residencia habitual de $ 7.692,oo ( pesos uruguayos siete mil
seiscientos noventa y dos) mensuales, la que se reajustará en oportunidad
de producirse aumentos de salarios en el sector público, en igual indice
que estos.
   El otorgamiento de la referida compensación estará sujeto al
cumplimiento de las siguientes condiciones:
a) que el desempeño de las referidas funciones se desarrollen por un
término superior a 45 días.
b) que sean asignados a un establecimiento ubicado a más de 30 kms. del
lugar donde habitualmente residan.
c) que no ocupe ningún tipo de vivienda proporcionada por el Organismo.
d) que no perciban viáticos por el mismo concepto.- Asimismo quedarán
comprendidos en las disposiciones y condiciones del presente artículo los
Gerentes Regionales.
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