Autorízase a la Dirección General de Casinos a abonar a sus
funcionarios y becarios la suma de $ 4.790 (pesos cuatro mil setecientos
noventa) para gastos de vestimenta. Dicho monto, que se abonará
fraccionado en dos partidas, una al comienzo de la temporada invernal y la
restante al inicio de la estival, para sufragar los gastos de indumentaria
exigidos por Organismo. Las citadas partidas se ajustarán en función de la
variación del IPC al momento de la liquidación respectiva, estando
expresado dicho monto a precios de setiembre de 1994.