FIJACION DE APORTE PATRONAL DE CONTRIBUCION ESPECIAL DE SEGURIDAD SOCIAL - TRANSPORTE TERRESTRE. TRANSPORTE DE CARGA




Promulgación: 17/07/2001
Publicación: 23/07/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 127

Artículo 3

 Las empresas de transporte colectivo de pasajeros, cuyo personal sea 
afectado indistintamente a líneas comprendidas en la reducción de aportes 
prevista por este Decreto y por el Decreto Nº 200/001, de 31 de mayo de 
2001, y a líneas no comprendidas en la misma, deberán declarar al 
referido personal en los términos del literal c) del artículo 4º del 
Decreto Nº 245/000, de 30 de agosto de 2000.-
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