APROBACION DE PRESUPUESTO OPERATIVO. DIRECCION GENERAL DE CASINOS




Promulgación: 14/10/1998
Publicación: 21/10/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 713
Referencias a toda la norma

Artículo 6

Las inversiones se regularán por las normas dispuestas en el Decreto Nº
84/984, de 1º de marzo de 1984 y modificativas, excepto en lo concerniente
a trasposiciones de asignaciones entre proyectos de un mismo programa,
entre rubros de un mismo proyecto, así como las modificaciones entre
componente nacional e importado, para las que sólo se requerirá
autorización del jerarca del Organismo, dando cuenta dentro de los 10 días
subsiguientes a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, quien deberá en
igual plazo comunicarlo al Tribunal de Cuentas.-
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