Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente
establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores,
fijase el valor de la Unidad Reajustable Alquileres (U.R.A.)del mes de
mayo de 1992 en N$ 27.282,30 (nuevos pesos veintisiete mil doscientos
ochenta y dos con 30/100).