CREACION REGIMEN DE CALIFICACION E INSCRIPCION EN EL REGISTRO NACIONAL DE EMPRESAS DE OBRAS PUBLICAS. FUNCIONARIOS EXCEDENTES




Promulgación: 16/07/1996
Publicación: 31/07/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 72

Artículo 5

  La Dirección Nacional de Vialidad comunicará anualmente al Registro el
grado de cumplimiento de las empresas respecto de los contratos que
celebre bajo este régimen, así como toda la información complementaria que
requiera el mencionado Registro. Estos antecedentes serán tenidos en
cuenta por dicho organismo en el caso de calificarse la empresa por el
régimen general.
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