FIJACION DE PRECIOS DE ALCOHOLES Y BEBIDAS. JUNIO 1987




Promulgación: 18/06/1987
Publicación: 21/07/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: que la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y
Portland por oficio de fecha 21 de mayo solicita la aprobación de nuevos
precios de venta para los alcoholes y bebidas que mencionan.

   Considerando: los fundamentos que llevaron a dicho Ente a fijar los
nuevos precios que se encuentran detallados en el mencionado oficio.

   Atento: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a
lo dispuesto por el inciso f), del artículo 3º, de la ley 8.764 del 15 de
octubre de 1931, modificado por el decreto ley 15.312 del 20 de agosto de
1982,

   El Presidente de la República

                          DECRETA:

Artículo 1

   Se aprueban los siguientes precios de venta a partir de la hora cero
del día 19 de junio de 1987 para los alcoholes y bebidas que elabora la
Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland que a
continuación se detallan: (*)


(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.
Referencias al artículo

Artículo 2

  Comuníquese, publíquese y vuelva a la Administración Nacional de
Combustibles, Alcohol y Portland.

TARIGO - JORGE PRESNO HARAN - LUIS MOSCA
Ayuda