Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 5
Increméntase los salarios mínimos por categorías de los trabajadores
de la empresa Bulevar S.A. al 80% del nivel salarial de licorerías con vigencia desde el 1º de junio de 1985 y hasta el 30 de setiembre de 1985.