A los efectos de la presente reglamentación, se entiende por:
a) Designación: el nombramiento de una persona física para
representar a un sector o un subsector de intereses ante el
Consejo de Economía Nacional, efectivizada a través de los
órganos competentes para la misma desde el punto de vista
estatutario.
b) Elección: el nombramiento de una persona física para representar a
un sector o a un subsector de interés ante el Consejo de Economía
Nacional, efectivizada mediante el sistema de padrón cerrado de los
miembros activos de la respectiva organización cuya representación
se vá a ejercer, con el contralor de la Corte Electoral.