Reglamentario/a de: Ley Nº 19.121 de 20/08/2013 artículo 49.
Artículo 3
Dispónese las siguientes denominaciones para los cargos del nuevo sistema
escalafonario dispuesto en el Titulo II, Capítulo III, de la Ley N° 19.121
de fecha 20 de agosto de 2013.-
En el escalafón Servicios Auxiliares y Oficios, subescalafón Servicios
Auxiliares y en orden ascendente de nivel:
Nivel Denominación
I Servicios Auxiliares 101
II Servicios Auxiliares 102
III Servicios Auxiliares 103
IV Servicios Auxiliares 104
V Servicios Auxiliares 105
VI Servicios Auxiliares 106
En el escalafón Servicios Auxiliares y Oficios, subescalafón Oficios y en
orden ascendente de nivel:
Nivel Denominación
I Oficios 201
II Oficios 202
III Oficios 203
IV Oficios 204
V Oficios 205
VI Oficios 206
En el escalafón Administrativo, subescalafón Administrativo y en orden
ascendente de nivel:
Nivel Denominación
I Administrativo 301
II Administrativo 302
III Administrativo 303
IV Administrativo 304
V Administrativo 305
VI Administrativo 306
En el escalafón Técnico y Profesional, subescalafón Calificado en Técnicas
Terciarias y en orden ascendente de nivel:
Nivel Denominación
I Calificado en Técnicas Terciarias 401
II Calificado en Técnicas Terciarias 402
III Calificado en Técnicas Terciarias 403
IV Calificado en Técnicas Terciarias 404
V Calificado en Técnicas Terciarias 405
VI Calificado en Técnicas Terciarias 406
En el escalafón Técnico y Profesional, subescalafón Técnico Universitario
y en orden ascendente de nivel:
Nivel Denominación
I Técnico Universitario 501
II Técnico Universitario 502
III Técnico Universitario 503
IV Técnico Universitario 504
V Técnico Universitario 505
VI Técnico Universitario 506
En el escalafón Técnico y Profesional, subescalafón Profesional
Universitario y en orden ascendente de nivel:
Nivel Denominación
I Profesional Universitario 601
II Profesional Universitario 602
III Profesional Universitario 603
IV Profesional Universitario 604
V Profesional Universitario 605
VI Profesional Universitario 606