TRANSFORMACION EN DIRECCION GENERAL LA ACTUAL UNIDAD AEREA DE LA POLICIA NACIONAL




Promulgación: 13/01/2020
Publicación: 22/01/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Derogada/o por: Decreto Nº 280/021 de 27/08/2021 artículo 2.
   VISTO: la Resolución del Ministerio del Interior de fecha 5 de mayo de 2015, por la cual se creó la Unidad de Patrullaje Aéreo Policial, la cual por Resolución de 24 agosto del mismo año pasó a denominarse Unidad Aérea de la Policía Nacional.

   RESULTANDO: que tratándose de una Unidad sin antecedentes en el País y a los efectos de realizar las coordinaciones con las autoridades Nacionales e Internacionales, para instrumentar su funcionamiento, se dispuso que la misma dependiera directamente de la Sub Secretaría del Ministerio del Interior.

   CONSIDERANDO: I) que habiéndose consolidado la citada Unidad, teniendo en cuenta la cantidad de aeronaves (aviones y helicópteros) que posee y el personal que en la misma revista, se estima conveniente otorgale la Jerarquía de Dirección General;

   II) que asimismo, dado su carácter netamente operativo, es pertinente que modifique su dependencia, pasando al ámbito de la Dirección de la Policía Nacional.

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el Inciso I del artículo 4° de la Ley Orgánica Policial número 19.315 de 18 de febrero de 2015;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 3/020 de 13/01/2020 artículo 1.

Artículo 2

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 3/020 de 13/01/2020 artículo 2.

Artículo 3

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 3/020 de 13/01/2020 artículo 3.

Artículo 4

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 3/020 de 13/01/2020 artículo 4.

Artículo 5

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 3/020 de 13/01/2020 artículo 5.

Artículo 6

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 3/020 de 13/01/2020 artículo 6.

Artículo 7

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 3/020 de 13/01/2020 artículo 7.

   TABARÉ VÁZQUEZ - JORGE VÁZQUEZ
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