APROBACION DEL PROYECTO DE REFORMULACION DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA DIRECCION NACIONAL DE ADUANAS, EL MANUAL DE ORGANIZACION Y FUNCIONES, Y DELIMITACION DE JURISDICCIONES
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la propuesta de reestructura organizativa remitida por la Dirección Nacional de Aduanas, de fecha 13 de febrero de 2017 al Ministerio de Economía y Finanzas, y lo dispuesto por el artículo 56 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010 y su interpretativo artículo 7° de la Ley N° 18.834, de 4 de noviembre de 2011.
RESULTANDO: I) que el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, por sentencia N° 572 de 27 de agosto de 2019, anuló con efectos generales y absolutos el Decreto N° 256/016, de 15 de agosto de 2016, que establecía la estructura organizativa y funcional de la Dirección Nacional de Aduanas.
II) que el artículo 2° del Decreto N° 256/016, ordenó a la Dirección Nacional de Aduanas a que en un plazo no mayor a 180 días, a partir de la vigencia del referido decreto y previo cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 4° de la Ley N° 18.508, de 26 de junio de 2009, elevara al Ministerio de Economía y Finanzas una propuesta de reestructura funcional de la Unidad Ejecutora, todo lo cual se efectivizó en debida forma.
III) que en el proceso de elaboración de la propuesta de reestructura funcional la Dirección Nacional de Aduanas debió revisar la misión, visión, cometidos y responsabilidades de sus unidades, con el fin de alcanzar, de forma eficaz y eficiente, sus objetivos estratégicos y los generales del Inciso, evidenciándose la necesidad de introducir modificaciones a la estructura organizativa vigente.
IV) que luego de dar cumplimiento al artículo 4° de la Ley N° 18.508, de 26 de junio de 2009, la Dirección Nacional de Aduanas remitió al Ministerio de Economía y Finanzas, una propuesta conteniendo modificaciones a la estructura orgánica y funcional y la corrida de grado de determinados cargos, la que mereciera observaciones y modificaciones que fueron puestas a consideración también de la Asociación de Funcionarios Aduaneros (AFA).
V) que remitidos los proyectos a la Oficina Nacional del Servicio Civil esta realizó observaciones, tanto técnicas como jurídicas, elaborándose un proyecto de estructura organizativa y dejándose para otra instancia la aprobación de la estructura definitiva de puestos de trabajo en función de lo dispuesto por el artículo 229 de la Constitución.
CONSIDERANDO: I) que la propuesta de reestructura organizativa con las modificaciones técnicas y jurídicas sugeridas por la Oficina Nacional del Servicio Civil e incorporadas, a través de una acabada metodología de trabajo llevada a cabo por un nutrido equipo de trabajo multidisciplinario, acompasa las necesidades y mejores prácticas del comercio exterior y se ajusta a los nuevos institutos consagrados en el Código Aduanero Uruguayo, aprobado por la Ley N° 19.276, de 19 de setiembre de 2014, logrando el equilibrio entre facilitación y control, propendiendo a la inserción internacional de nuestro país, así como al necesario dinamismo del comercio exterior.
II) que asimismo la propuesta de reestructura remitida se ajusta a la normativa vigente en la materia, con las particularidades y especificidades necesarias para la Dirección Nacional de Aduanas.
III) que la propuesta remitida, a los efectos de la continuidad del servicio aduanero en función de las necesidades del comercio exterior de la República, prevé la asignación de funciones transitorias, revocables y por un plazo determinado, basada en disposiciones legales que se reglamentan, hasta tanto se defina la estructura de puestos de trabajo que continuará trabajándose para su aprobación a través de las normas pertinentes en cumplimiento del artículo 229 de la Constitución.
IV) que el proyecto propuesto permite mantener las remuneraciones vigentes en la Dirección Nacional de Aduanas.
V) que respecto del presente se ha cumplido con lo dispuesto por la Ley N° 18.508, de 26 de junio de 2009.
ATENTO: a lo dispuesto por los artículos referidos en el visto y por el artículo 102 literal B) de la Ley N° 19.121, de 20 de agosto de 2013; la Ley N° 19.276, de 19 de setiembre de 2014 y los artículos 7 y 225 de la Ley N° 19.355, de 19 de diciembre de 2015, así como los informes de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina Nacional del Servicio Civil y de la Contaduría General de la Nación,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase el proyecto de reformulación de la estructura organizativa de la Unidad Ejecutora 007, "Dirección Nacional de Aduanas" del Inciso 05, "Ministerio de Economía y Finanzas" que se adjunta en el Anexo I, el Manual de Organización y funciones, que se adjunta en el Anexo II y Delimitación de Jurisdicciones, que se adjunta en el Anexo III.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 315/019 de
28/10/2019.