APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA DIRECCION GENERAL DE CASINOS. ENERO 1995




Promulgación: 13/08/1996
Publicación: 23/08/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 202
Referencias a toda la norma
  Visto: el proyecto de Presupuesto Operativo y de Inversiones de la
Dirección General de Casinos, correspondientes al ejercicio 1995.

  Considerando: I) que este Presupuesto se rige por lo dispuesto en el
artículo 165 de la Ley 16.226 de 29 de octubre de 1990.

II) que la Dirección General de Casinos se encuentra abocada a una
transformación de los sistemas de gestión y particularmente de contralor
de las actividades que se desarrollan en sus establecimientos, cuyo
objetivo es lograr niveles de eficiencia y eficacia mayores a los
actuales.

III) que en ese contexto, corresponde dotar al Organismo de las normas
necesarias para la obtención de tales resultados y extender la vigencia
de aquellas que, a través de su aplicación en el ejercicio anterior, han
demostrado ser efectivas.

IV) que además, deben regularse algunos aspectos vinculados a la apertura
del Casino Victoria Plaza cuya creación, funcionamiento y características,
no tienen precedentes en la organización, por lo que deben establecerse, a
vía experimental, disposiciones especiales con criterio finalístico.

V) que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, ha emitido su informe y
el Tribunal de Cuentas su dictamen.

  Atento: a lo expuesto precedentemente.

                     El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase el Presupuesto Operativo y de Inversiones de la Dirección
General de Casinos, a regir a partir del 1º de enero de 1995, de acuerdo
con los montos que se detallan a continuación:

I) INGRESOS                                             $  377:505.508
1. Ingresos no tributarios                 365:018.153
2. Ingresos art. 3 Ley Nº 13.543            12:487.355

Son recursos de la Dirección General de Casinos:

1.- Utilidad bruta de la explotación de los juegos de azar.-
2.- Venta de entradas a los Casinos y Salas de Esparcimiento.-
3.- Precio de las concesiones de servicios anexos al cometido principal.

II) PRESUPUESTO OPERATIVO                   $           320:435.633
Rubro   Denominación                        $                  $
0       Retribución Serv. Personales                     79:116.095
021321  Sueldos Bás. Carg. Cont.        12:965.214
021323  Dedicación Total                   545.764
029321  Sueldo Anual Complem.            6:021.274
061301  Horas Extras                       349.236
061321  Pers. Cont. func. perm.          1:818.990
061322  Comp. por camb. resid. habit.      150.828
061324  Comp. func. dist. al cargo         383.376
062309  Comp. con cargo a otras func.   48:633.438
062328  Prima por Antigüedad             3:524.300
065305  Compensación Altos Ejecutivos        7.820
067321  Retribuciones adicionales           69.700
077000  Quebranto de Caja                  839.544
078000  Comp. p/tareas fuera hor. hab.      51.798
079100  Comp. por tecnif. y fiscaliz.    2:758.549
081021  Adelanto a cuenta                    1.692
083321  Aumento especial                   629.432
088302  Aumento esp. Dec. 1/6/93           277.744
091     Retrib. ejerc. anter.               87.396
1       Cargas Legales S/serv. Personales                19:872.425
111     Aporte Patronal Jubilatorio     18:290.101
123     Aporte Patronal F.N.V.             791.162
131     Impuesto a las Retribuciones       791.162
2       Materiales y Suministros                          4:689.194
3       Servicios no Personales                          63:147.940
4       Máquinas, Equip. y Mob. Nuev.                        94.134
7       Subsidios y otras transferencias                153:093.910
734     A Gobiernos Departamentales         49:949.420
735     Al Gobierno Central                 74:924.130
751     Prima por Matrimonio                    19.560
752     Hogar Constituido                    1:415.708
753     Prima por Nacimiento                    35.160
754     Prestaciones por Hijo                  539.784
759     Comp. por alimentación               6:686.196
773     Becas                                2:394.120
774     Contrib. por asist. médica             683.188
775     Prima por tareas de Dirección           69.720
776     Comp. por perfec. técnico            1:167.532
778     Comp. por asistencia educacional     1:497.564
779     Compensación por Vestimenta         12:666.493
780     Prima Fondo Especial 3%                998.064
781     Fondo Especial Compensatorio            35.160
791     Tributos Nacionales                      6.661
792     Tributos Municipales                     5.450
9       Asignaciones Globales                               421.935
III - PRESUPUESTO DE INVERSIONES                         44:423.766
Rubro   Denominación                                          $
2       Materiales y Suministros                          1:067.946
4       Máq. Equipo y Mobiliario nuevos                  35:253.252
6       Const. Mejoras y Repar. Extraord.                 8:102.568

 La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en
moneda extranjera se detallan en los cuadros que se adjuntan, que
forman parte integrante de este Decreto.

 Los Rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales
sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" en lo
relativo a beneficios sociales se expresan a precios de enero - diciembre
de 1995.
 Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera
están estimadas a la cotización promedio de $ 7,oo (pesos uruguayos siete
por dólar de los Estados Unidos de América). Las partidas en moneda
nacional de los restantes rubros están expresadas a precios de enero -
diciembre de 1995.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 318/996 de 
13/08/1996.

SANGUINETTI - LUIS MOSCA
Ayuda