Autorízase a la Dirección General de Casinos a conceder hasta 200
becas, durante el ejercicio 1995, a favor de estudiantes y/o egresados de
Institutos Oficiales y/o la Universidad del Trabajo del Uruguay o
egresados de Institutos Habilitados, en las condiciones y por los períodos
que estime necesarios y para que actúen en las dependencias que determine
dicha Dirección General.
Para la designación de Becarios deberá cumplirse previamente, con un
procedimiento de selección, que dé garantías de efectividad e
imparcialidad a los postulantes.