Extiéndese al ejercicio 1995 la vigencia del artículo 22 del Decreto Nº
277/995 que autorizó a la Dirección General de Casinos a programar y
realizar las actividades de implementación, regulación y capacitación de
sus funcionarios y becarios, con el objeto de aplicar un nuevo sistema de
control en las salas de juego, basado esencialmente, en herramientas
tecnológicas. A tales efectos y con el fin de facilitar la participación
de los funcionarios y becarios, facúltase a la Dirección General de
Casinos a abonar a sus funcionarios y becarios a partir del 1 de enero de
1995, una partida mensual de acuerdo a su nivel de responsabilidad, que
resulta de la siguiente escala que se ajustará semestralmente, en función
del I.P.C. correspondiente al período inmediato anterior:
Escalafón Grado
AD 06 a E3
ACB 09 a 10
ACA 11 a 12
ABC 06 a 11
ABB 10 a 13
ABA 08 a 13
ACC 03 a 10 Monto $ 165,oo
AD E3
ACB E1 a E4
ACA E1 a E2
ABC E1 a E2
ABB E1 a E2
ABA E1 a E2
ACC 14 a E2 Monto $ 200,oo
ACB E3 a E4
ACA E3
ABB E3
ABA E4
AAA E1 a E2 Monto $ 230,oo
ACB E5
ABB E4 a E5
AAA E1 A E2 Monto $ 265,oo
ABA E5
AAA E3 a E5 Monto $ 300,oo
ABA E6 Monto $ 330,oo
La referida compensación tendrá vigencia para 1995 y será incluida en
una futura reestructura a estudiar por la Dirección para 1996, la misma
deberá contar con el visto bueno previo de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto.