APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA DIRECCION GENERAL DE CASINOS. ENERO 1995




Promulgación: 13/08/1996
Publicación: 23/08/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 202
Referencias a toda la norma

Artículo 20

   Extiéndese al ejercicio 1995 la vigencia del artículo 22 del Decreto Nº
277/995 que autorizó a la Dirección General de Casinos a programar y
realizar las actividades de implementación, regulación y capacitación de
sus funcionarios y becarios, con el objeto de aplicar un nuevo sistema de
control en las salas de juego, basado esencialmente, en herramientas
tecnológicas. A tales efectos y con el fin de facilitar la participación
de los funcionarios y becarios, facúltase a la Dirección General de
Casinos a abonar a sus funcionarios y becarios a partir del 1 de enero de
1995, una partida mensual de acuerdo a su nivel de responsabilidad, que
resulta de la siguiente escala que se ajustará semestralmente, en función
del I.P.C. correspondiente al período inmediato anterior:
Escalafón     Grado
AD          06 a E3
ACB         09 a 10
ACA         11 a 12
ABC         06 a 11
ABB         10 a 13
ABA         08 a 13
ACC         03 a 10         Monto $ 165,oo
AD          E3
ACB         E1 a E4
ACA         E1 a E2
ABC         E1 a E2
ABB         E1 a E2
ABA         E1 a E2
ACC         14 a E2        Monto $ 200,oo
ACB         E3 a E4
ACA         E3
ABB         E3
ABA         E4
AAA         E1 a E2        Monto $ 230,oo
ACB         E5
ABB         E4 a E5
AAA         E1 A E2        Monto $ 265,oo
ABA         E5
AAA         E3 a E5        Monto $ 300,oo
ABA         E6             Monto $ 330,oo
   La referida compensación tendrá vigencia para 1995 y será incluida en
una futura reestructura a estudiar por la Dirección para 1996, la misma
deberá contar con el visto bueno previo de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto.
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