APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE UTE. EJERCICIO 1990




Promulgación: 18/06/1991
Publicación: 28/11/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 25

   Trasposiciones de rubros en el presupuesto de inversiones.

   Las trasposiciones de asignaciones entre proyectos de un mismo
Programa, así como las modificaciones entre componente nacional e
importado; serán autorizadas por el jerarca del Organismo, dando cuenta de
los 10 días subsiguientes a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto,
quien deberá en igual plazo comunicar al Tribunal de Cuentas. Igual
trámite se deberá cumplir en el caso de las trasposiciones entre rubros de
un mismo proyecto.

   Las trasposiciones de asignaciones entre proyectos de distintos
programas y las modificaciones en las fuentes de financiamiento, deberán
ser autorizadas por el Poder Ejecutivo previo informe de la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto y del Tribunal de Cuentas.
   Las solicitudes de modificación del Plan de Inversiones previstas
precedentemente, deberán ser solicitadas en forma fundada por el jerarca
del Organismo y deberán incluir la información sobre cualquier cambio a
operar en los siguientes elementos de los proyectos a modificar:

a) Asignación por rubros;
b) Componente nacional e importado;
c) Fuentes de financiamiento.

   En el caso de incorporación de un nuevo proyecto se deberá remitir
además su descripción completa de acuerdo a las instrucciones impartidas
por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a los efectos de la
formulación del Plan de Inversiones Públicas.
   Los proyectos cuyas asignaciones hayan sido utilizadas total o
parcialmente como reforzantes de otros proyectos, no podrán ser reforzados
posteriormente. Asimismo, los proyectos que hayan sido reforzados no
podrán ser utilizados como reforzantes.
   Lo dispuesto en esta párrafo se aplicará por fuente de financiamiento.
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