El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: el Decreto N° 263/015 de 28 de setiembre de 2015.
RESULTANDO: que el mencionado decreto estableció el cronograma y las condiciones en que deben realizarse los pagos de remuneraciones, pasividades, beneficios sociales y otras prestaciones a través de cuentas en instituciones de intermediación financiera o instrumentos de dinero electrónico, de acuerdo a lo previsto en la Ley N° 19.210 de 29 de abril de 2014.
CONSIDERANDO: necesario efectuar adecuaciones normativas que faciliten la implementación del referido cronograma.
ATENTO: a lo expuesto,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo agregó a: Decreto Nº 263/015 de 28/09/2015 artículo 20
incisos 4º) y 5º).