Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 3
Establécese que si los aumentos salariales determinados por el presente
decreto, superan al 22%, en ningún caso el traslado a precios podrá ser mayor a lo que incida el 22% de los salarios al 1º de marzo de 1985, en la
estructura de costos de cada empresa.