APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BANCO DE SEGUROS DEL ESTADO. EJERCICIO 2024




Promulgación: 26/10/2023
Publicación: 08/11/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 15

1) Los funcionarios que cumplan tareas de Cajero y/o manejen valores,
   percibirán un complemento de su remuneración actual de 10% del GEPU 40
   con un tope del GEPU 52.
   A los funcionarios que realicen la suplencia de los cajeros titulares
   y/o que manejen valores se les remunerará de la misma manera que a
   éstos y en proporción al tiempo trabajado.
2) Los 7 funcionarios integrantes de la Clase Técnica, Sub-Clase
   Enfermería que cumplan tareas en el Centro Coordinador de Servicios
   del Hospital BSE percibirán 2 grados sobre el GEPU que reciben por su
   cargo presupuestal. Los funcionarios que realicen la suplencia de las
   mismas en forma transitoria recibirán la remuneración correspondiente
   de la misma  manera que los titulares y en proporción al tiempo
   trabajado. Para la asignación de dichas tareas deberá efectuarse el
   concurso correspondiente.
3) Los 2 funcionarios de la Clase Técnica, Sub-Clase Enfermería que
   tengan el curso habilitante y cumplan tareas de Vacunador, percibirán
   2 grados sobre el GEPU que reciben por su cargo presupuestal. Los
   funcionarios que realicen la suplencia de las mismas en forma
   transitoria recibirán la remuneración correspondiente de la misma
   manera que los titulares y en proporción al tiempo trabajado. Para la
   asignación de dichas tareas deberá efectuarse el concurso
   correspondiente.
4) Los cargos asignados al Hospital BSE que además de ser Ingenieros se
   les requiera capacitación complementaria excluyente en el área de
   Ingeniería Biomédica e Ingeniería Clínica, aplicada al equipamiento
   médico de Instituciones de salud u hospitalaria cobraran una
   compensación al GEPU 49 sobre el GEPU que perciben por su cargo
   presupuestal.
5) Los dos Auxiliares de Enfermería que realicen tareas de Ayudante
   Técnico Ortopedista, percibirán una compensación de 4 grados sobre el
   GEPU que percibe por su cargo presupuestal. 
   Los funcionarios que realicen la suplencia de las mismas en forma
   transitoria recibirán la remuneración correspondiente de la misma
   manera que los titulares y en proporción al tiempo trabajado.
   Dichas tareas se asignarán por concurso.
6) Los dos funcionarios de la Clase Técnica Sub Clase Enfermería que
   cumplen tareas en el Economato del Centro Quirúrgico del HBSE,
   percibirán 2 grados sobre el GEPU que reciben por su cargo
   presupuestal.
   Los funcionarios que realicen la suplencia de las mismas en forma
   transitoria recibirán la remuneración correspondiente de la misma
   manera que los titulares y en proporción al tiempo trabajado.
   Para la asignación de dichas tareas deberá efectuarse el concurso
   correspondiente. 
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