VISTO: el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 191/997 de 4 de junio de 1997,
que aprueba el proyecto de reformulación de la estructura organizativa de
las Unidades Ejecutoras 001 "Dirección General de Secretaría", 002
"Dirección Nacional de Trabajo" y 003 "Dirección Nacional de Empleo", 004
"Dirección Nacional de Coordinación en el Interior", 006 "Instituto
Nacional de Alimentación", 007 "Inspección General del Trabajo y de la
Seguridad Social" del inciso 13 "Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social", de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 707 y siguientes de
la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996 y su Decreto reglamentario Nº
186/996 de 16 de mayo de 1996;
RESULTANDO: I) que en este proyecto se deslizaron errores y omisiones
involuntarios, especialmente en lo referente a cargos y funciones
contratadas incluidas en las nóminas de puestos de trabajo
correspondientes a declaraciones de excedencia y retiros incentivados;
CONSIDERANDO: I) que corresponde subsanar los errores padecidos;
II) lo informado por el Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado;
ATENTO: a lo expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Modifícase el Decreto Nº 191/997 de 4 de junio de 1997, en la
reformulación de la estructura organizativa del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social, en el Capítulo III "Estructura organizativa", Asesoría
dependiente del Ministro, cuanto a agregar a los cometidos de la Asesoría
de la Seguridad Social, el siguiente:
Asesoría de la Seguridad Social
- Asesorar y proyectar sistemas de control relativos a la problemática de
la seguridad social.