COMERCIO EXTERIOR. CONSIGNACIONES DE MERCADERIAS




Promulgación: 04/06/1971
Publicación: 10/06/1971

Resumen:

Fíjase la fecha a partir de la cual se aplican las consignaciones para la importación de las mercaderías que se detallan, originarias de países miembros de la Asociación Latino Americana de Libre Comercio (ALALC).
Exclúyanse aquellos casos en que la Dirección General de Comercio Exterior creada por Decreto Nº 237/970 de fecha 21 de mayo de 1970, acredite que el precio de la importación se encuentra dento de los valores normales predominantes en los mercados internacionales más representativos.
Derogada/o por: Decreto Nº 691/978 de 13/12/1978 artículo 1.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas):
      Decreto Nº 302/974 de 18/04/1974 artículo 1,
      Decreto Nº 365/971 de 15/06/1971.

Artículo 1

Modificado y/o Anotado (referencias acotadas):
      Decreto Nº 406/974 de 23/05/1974 artículo 2,
      Decreto Nº 803/971 de 06/12/1971 artículo 5,
      Decreto Nº 786/971 Derogada/o de 30/11/1971 artículo 1.

Artículo 2

Modificado y/o Anotado (referencias acotadas): Decreto Nº 786/971 Derogada/o de 
30/11/1971 artículo 2.


		
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