En las actas de las sesiones de la Comisión Sectorial de la Granja sólo
se incluirá el enunciado del punto tratado y la resolución adoptada. La
fundamentación de las resoluciones o de los votos individuales se excluirá
de las Actas, sin perjuicio de anexar a la misma toda documentación que se
solicite expresamente por parte de la o las delegaciones interesadas y que
estas proporcionarán a esos fines.