La Oficina de Estado Civil referida tendrá la misma competencia que las
actuales Oficinas de Estado Civil Nos. 1 a 7 del Departamento de
Montevideo, dentro de los siguientes límites territoriales: Por el ESTE:
Arroyo , Pando, aguas abajo, desde línea recta imaginaria continuación
del Camino Eduardo Pérez, hasta el Río de la Plata; por el SUR: Río de la
Plata, desde el arroyo Pando hasta el Arroyo Carrasco, en el límite
departamental con Montevideo; por el OESTE: límite departamental con
Montevideo, desde el Río de la Plata hasta calle Camino que viene de
Villa García y se dirige a Ruta 101 por el NORTE: Línea que está
dividida en cinco tramos: 1) Calle Camino -que viene desde Villa García-
desde el arroyo Toledo y que, haciendo un quiebre, llega a la Ruta 101;
2) Ruta 101 hacia el noreste, desde su intersección con la calle Camino
hasta su intersección con el Cno. Los Horneros; 3) Cno. Los Horneros
desde este último punto, hacia el sur, hasta el Cno. Eduardo Pérez; 4)
Cno. Eduardo Pérez en su tramo hacia el ESTE hasta el quiebre que hace,
en ángulo recto, hacia la Ruta Interbalnearia; 5) línea recta imaginaria
que continúa el tramo hacia el noreste que hace el Cno. Eduardo Pérez,
hasta el Arroyo Pando.