Durante el año 2003, la nueva Oficina seguirá la actuación en los Libros
de Registro de Estado Civil llevados hasta la fecha de su creación por la
Oficina de Estado Civil de la 19ª Sección Judicial del Departamento de
Canelones, a cargo del Juez de Paz de la Sección indicada. Al culminar la
actuación de esta Oficina, se procederá, el último día hábil del mes de
agosto de 2003, a efectuar el cierre parcial de su actuación en las
últimas actas labradas en cada uno de los Libros de Registro de Estado
Civil llevados por dicha Oficina. El 1º de setiembre de 2003, la Oficina
de Estado Civil Nº 14 procederá a efectuar la apertura de su actuación,
asentando la constancia correspondiente en el margen de la primera acta
que labre en cada uno de los Libros y seguirá con el número correlativo
de las actas labradas por la Oficina de Estado Civil de la 19ª Sección
Judicial de Canelones.