FIJACION DE LA LIBRE ELECCION DE PRESTADOR INTEGRAL DE SALUD POR LOS BENEFICIARIOS DEL SEGURO NACIONAL DE SALUD




Promulgación: 15/12/2020
Publicación: 21/12/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO II - CAMBIO DE PRESTADOR INTEGRAL DE SALUD

Artículo 10

   El Banco de Previsión Social evaluará el cumplimiento de los requisitos para el cambio de prestador, teniendo en cuenta los 23 meses anteriores al último día del mes anterior al del dígito que corresponda o que hayan sido asignados de oficio en ASSE en los años anteriores al del cambio. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 113/023 de 30/03/2023 artículo 1.
Ver en esta norma, artículos: 16 y 18 (vigencia).

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 344/020 de 15/12/2020 artículo 10.
Ayuda