APROBACION DE LA AUTORIZACION PARA LA ENTRADA Y SALIDA DE MEDICAMENTOS QUE CONTIENEN ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS SICOTROPICAS PARA PACIENTES EN TRANSITO. RESOLUCION GMC 74/00
VISTO: la resolución Nº 74/00 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR, por
la que se aprobó el mecanismo "Autorización para la Entrada y Salida de
Medicamentos que contienen Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas para
Pacientes en Tránsito";
CONSIDERANDO: I) lo establecido en el artículo 38 del Protocolo Adicional
al Tratado de Asunción sobre la Estructura Institucional del MERCOSUR
-Protocolo de Ouro Preto- aprobado por la Ley No. 16.712 de 1º de
setiembre de 1995, respecto de que los Estados parte se comprometen a
adoptar todas las medidas necesarias para asegurar en sus respectivos
territorios el cumplimiento de las normas emanadas de los órganos
correspondientes previstos en el artículo 20 del referido Protocolo;
II) lo informado por la División Jurídico-Notarial y la División
Productos de Salud del Ministerio de Salud Pública;
ATENTO: a lo preceptuado por el artículo 1º y siguientes de la Ley No.
9.202 de 12 de enero de 1934 y concordantes;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Adóptase la resolución Nº 74/00 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR,
por la que se aprobó el mecanismo "Autorización para la Entrada y Salida
de Medicamentos que contienen Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas
para Pacientes en Tránsito". (*)